Cargas de una vivienda 

Cargas de una vivienda

Cargas de una vivienda – qué son y cómo consultarlas

¿Qué son las Cargas de una vivienda? Para empezar a hablar de cargas, lo primero que debes saber es que consisten en una obligación. Lo segundo más importante es que, si el anterior propietario no realizó el pago correspondiente por ellas, te corresponderá hacerlo a ti. De este detalle deriva la vital importancia de saber antes de comprarla si la vivienda tiene cargas.

Por otra parte, los compradores que descubran que se les ha ocultado la existencia de cargas en la vivienda cuyos trámites de compra ya iniciaron, tienen todo el derecho de desistir de continuar con la operación sin que ello les represente multa alguna, incluso en los casos en los que el propietario desconocía la su existencia.

Es así que, basándonos en la premisa de que el desconocimiento de la ley no te habilita a incumplirla, adentrémonos en el mundo de las cargas para que estés prevenido, tanto si quien vende o quien compra la vivienda.

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¿Cuáles son las cargas que puede tener una vivienda?

Las cargas que puede tener una vivienda son de muy variada naturaleza:

                Hipoteca

Esta carga existe cuando el anterior propietario no canceló el préstamo hipotecario que solicitó para comprar la misma vivienda que hoy está a punto de venderte. Si existe deuda hipotecaria al momento de la venta, como comprador puedes elegir pagarla tú en las mismas condiciones que el vendedor había pactado con la entidad bancaria.

Este procedimiento se llama subrogación de la hipoteca y resulta muy útil cuando el propietario se ve imposibilitado de continuar pagando la cuota acordada con el banco, puesto que en estos casos el comprador puede recibir una oferta muy interesante en lo que a precio de venta se refiere.

                Embargos

Saber si la vivienda está embargada por ser parte de los bienes de su propietario, quien ha sido embargado judicialmente por no haber cancelado el pago de una o de varias deudas, es sumamente importante, ya que, si compras una propiedad embargada, tú tendrás que hacerte cargo de pagar ese embargo.

                Servidumbre y usufructo

Debemos prestarle especial atención a estas cargas por el simple hecho de que su existencia podría limitar, o incluso excluir, nuestro uso de la vivienda que acabamos de comprar.

La servidumbre consiste en un derecho que nos habilita a utilizar un bien que no nos pertenece, pero de cuyo uso depende una actividad o acción ineludible para llevar adelante nuestra vida. Pongamos el ejemplo de una propiedad que se encuentre frente al mar y cuya única forma de acceder a este fuera atravesando la propiedad privada en cuestión. En este caso, la servidumbre habilita el pasaje por la propiedad ajena para poder acceder al mar. 

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El usufructo se trata de un derecho real que habilita a una persona a hacer uso de un bien, en este caso de la vivienda que se intenta vender, que no le pertenece. Si adquieres una vivienda que está siendo legalmente usufructuada por otra persona, no podrás vivir en ella hasta que el derecho de usufructo llegue a su fin. Por lo tanto, de existir el derecho de usufructo, tendremos que averiguar cuáles son sus condiciones exactas y su fecha de caducidad.

La servidumbre y el usufructo son dos tipos de cargas que no afectan a la vivienda en sí, sino a la forma en la que se la puede utilizar. Antes de comprar cualquier propiedad inmobiliaria, asegúrate de que no posea servidumbre y usufructo o, de tenerlos, ten presente que al comprarla los estarás aceptando con tu firma

 

                 IBI

El IBI es el impuesto que todo propietario debe pagar todos los años por ser dueño de un inmueble. La deuda impaga que mantenga el vendedor, deberá ser cancelada por el comprador.

Al momento de venderse la propiedad, el IBI de ese año debe quedar pago y la responsabilidad corre por cuenta del propietario. Sin embargo, lo que suele hacerse es que el comprador le reintegre el porcentaje correspondiente a los meses en los que él sea el nuevo propietario del inmueble.

                Plusvalía municipal e ITP

 

Como comprador, te será muy beneficioso asesorarte acerca de la existencia de una deuda inherente a la plusvalía municipal y al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), ya que no es una deuda menor y, si el propietario no la hubiera cancelado antes de venderte la propiedad, pasará a ser tu deuda. 

 

       Arrendamientos

Cuando compras una vivienda que se encuentra alquilada, es obligatorio que le conserves al arrendatario exactamente las mismas condiciones que firmó con el anterior propietario en el contrato. Otro dato a tener en cuenta es que los contratos de arrendamiento se firman por cinco años, tiempo durante el cual deberás respetar lo que se firmó entre ambas partes.

                Deudas ante la comunidad de vecinos

La ley estipula que la deuda que se genera ante la comunidad de vecinos proviene del inmueble, no del propietario. Por lo tanto, si este no las cancela antes de vender y tú como comprador no lo sabes, pasarán automáticamente a pertenecerte a ti una vez firmes la compraventa de la vivienda.

 

Proceso para averiguar si la propiedad tiene cargas

Según cuál sea la carga, será el método de consulta al que corresponderá recurrir.

                Hipotecas, embargos, impuestos y servidumbre y usufructo

 Resulta muy sencillo informarse acerca de estas deudas. Lo único que se necesita hacer es solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad. Los datos que este documento te brindará, son los siguientes:

·         Naturaleza de la vivienda.

·         Titularidad

      Es decir, tendrás la plena seguridad de que el propietario es quien dice serlo. De esta forma, evitarás ser víctima de una de las tantas estafas que se cometen en esta clase de operaciones.

·         Descripción de la vivienda

      Esto incluye datos específicos, tales como su ubicación y el metraje construido y total. En esta sección es que podrás saber si la vivienda que pretendes comprar es de protección oficial.

·         Cargas de la vivienda.

El procedimiento de obtención de la nota simple se puede llevar a cabo de manera presencial o telemática. Te lo entregarán de forma física en el Registro de la Propiedad o bien podrás descargarte la nota desde su sitio web, desde el cual solo deberás completar los datos que te piden y seleccionar los campos correctos, lo cual podrás hacer de manera muy intuitiva.

       IBI

En este caso, lo más recomendable es que le solicites al vendedor que te facilite el recibo correspondiente al último pago.

 

                Deudas ante la comunidad de vecinos

El propietario deberá facilitarte un certificado en el que quede especificado que no existen deudas con la comunidad de vecinos. Asegúrate de que conste que haya sido expedido por el secretario de la comunidad y que cuente con la firma del presidente de dicha comunidad.

Otras deudas a tener en cuenta al comprar una vivienda

Existen otras deudas que, sin llegar a ser cargas, pasarán a ser responsabilidad de la parte compradora si el dueño anterior no las cancela. Hablamos de los suministros del hogar. El traspaso de la deuda tiene lugar en el momento del cambio de la titularidad.

Para evitar tener que cargar con deudas que no te pertenecen como comprador, lo que necesitas es el asesoramiento y el acompañamiento de una inmobiliaria 360 como la nuestra. En pro de la comodidad de ambas partes y de garantizarles una situación justa, nos hacemos cargo de todas las instancias de la operación de compraventas. De esta forma, si hay vicios ocultos, los detectamos e informamos a la parte compradora; si hay deudas impagas, nos comunicamos con el vendedor para informarle de su existencia y, de no obtener éxito en la gestión, advertimos al comprador.

Contáctanos y pondremos en marcha la búsqueda de tu hogar ideal o la venta del que ahora tienes. Realizamos gestiones eficientes y a la medida de cada persona. Queremos que seas el próximo en formar parte de la enorme comunidad de clientes satisfechos que hacemos crecer día a día.  

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