¿ITE o IEE? Descubre por cuál inspección debe pasar tu edificio
¿ITE o IEE? El paso de los años no es inocuo para las construcciones. Muy al contrario de ello, los agrietamientos y los desgastes estructurales pueden llegar a poner en peligro a quienes las habitan, sin que nadie se percate del riesgo que se está corriendo. Y es precisamente para evitar que se llegue a una instancia peligrosa, que los edificios reciben una inspección técnica de forma periódica, la cual se denomina ITE (Inspección Técnica de Edificios).
Debido a que también existe el IEE (Informe de Evaluación de Edificios), es común confundir ambos procesos entre sí.
A continuación abordaremos la información más relevante de la ITE y de la IEE, para que sepas por cuál de los dos procesos debe pasar tu edificio según las circunstancias.
¿Qué es la ITE?
La Inspección Técnica de Edificios (ITE) se trata de un control de carácter obligatorio por el que deben pasar todos los edificios cada cierta cantidad de tiempo, la cual será determinada por la antigüedad del edificio y por la comunidad autónoma en la que este se encuentre. La inspección recabará y arrojará datos acerca de los siguientes factores:
- Condiciones de habitabilidad
- Seguridad estructural y constructiva del edificio
- Accesibilidad del edificio (no discriminación hacia personas con discapacidad)
- Certificación de eficiencia energética
En otras palabras, reúne los datos inherentes a las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad, habitabilidad y estabilidad del edificio. Dicha inspección debe ser realizada por un técnico cualificado para la actividad en cuestión.
¿Cuál es la finalidad de la ITE?
La ITE se realiza con el fin de poner a los propietarios al corriente del estado actual del edificio, así como también de las acciones que deben llevarse a cabo para que el inmueble se encuentre dentro de los parámetros legales referentes a su estado de mantenimiento y conservación.

¿Cada cuánto tiempo debe un edificio someterse a la ITE?
Según la comunidad autónoma en la que se encuentre el edificio, la ITE deberá ser pasada cada diez años en edificios que oscilen los treinta y los cincuenta años de antigüedad.
Un dato que nos servirá tener en cuenta, es que, ante una reforma integral con otorgamiento de licencia de primera ocupación, el plazo comienza a correr a partir del momento en el que el edificio obtiene tal licencia.
La edad del edificio es un dato que figura tanto en el catastro como en el certificado de fin de obra o de primera ocupación.
¿Cuáles son los parámetros en los cuales el técnico basa su inspección?
En una primera instancia, el técnico lleva a cabo una inspección visual del edificio. Esta es de carácter presencial y cuenta con el objetivo de detectar los siguientes factores:
- Posibles daños en la estructura de fachadas y azoteas
- Seguridad y estanqueidad en las redes de saneamiento y fontanería
- Una correcta accesibilidad al edificio para personas con discapacidad
- Ornato y decoro (las condiciones de la fachada del edificio no pueden afectar la estética de urbana)
Si no existe ningún daño interno que pueda comprometer la seguridad y estabilidad del edificio, esta inspección ocular será suficiente. Sin embargo, de existirlo, el técnico deberá acceder a determinados apartamentos y es obligatorio dejarlo pasar.
¿Cuánto tiempo tarda el técnico en inspeccionar un edificio?
Dado que se trata de una inspección meticulosa, no es posible hacerla en un solo día. Por lo tanto, el técnico se presentará en el inmueble durante varios días consecutivos. En promedio, la evaluación le tardará entre siete y ocho días.
¿Cómo se obtiene la aprobación de la ITE?
Una vez que el técnico asignado para la inspección determina que el inmueble se encuentra en buen estado de conservación y estructural, y que cuenta con las condiciones de seguridad obligatorias por ley, da por aprobada la ITE y procede a la tramitación necesaria para la obtención de la certificación.
Dicha certificación quedará disponible para ser presentada ante todos los casos en los que se requiera una ITE vigente.
¿Qué consecuencias acarrea la no aprobación de la ITE?
En el supuesto caso de que el técnico decida que la inspección no ha salido favorable, emitirá un documento en el que se especificarán todas las reformas y reparaciones que es necesario hacer para que la ITE sea aprobada. Mientras tanto, el edificio contará con una ITE no favorable, la cual suele derivar en las siguientes consecuencias:
- Multas
- Denegación de hipotecas
- Suspensión de la compraventa de cualquiera de los apartamentos del edificio hasta que se realicen las reformas propuestas por el técnico, se realice una nueva ITE y esta resulte aprobada.
¿Qué sucede si uno de los propietarios se niega a realizar las reformas estipuladas por el técnico para dar la ITE por favorable?
En este punto cabe aclarar que las reformas que marca el técnico no son opcionales, sino que tienen carácter obligatorio y tienen un determinado plazo para completarse. Basta con que uno de los propietarios se niegue a realizarlas para que se derive en las siguientes consecuencias:
- Multas adicionales (aparte de las iniciales)
- Mandamiento judicial
Debido a que es obligatorio obtener una ITE favorable, cuando esta no sale de tal modo y existe la negativa de uno o más propietarios a hacer las reformas pertinentes, se realizará la ITE a través de un mandamiento judicial, el cual tendrá su coste y este será asumido por los propietarios del inmueble.

¿Qué es la IEE y en qué se diferencia de la ITE?
La Inspección de Evaluación de Edificios (IEE) es un examen más exhaustivo que la ITE que implementa en ciertas comunidades autónomas, tales como en Madrid y en Catalunya. Su cometido es sustituir a la ITE, de modo que cubre todos los puntos de esta última, al tiempo que agrega los siguientes elementos:
- Graduaciones de los desperfectos y deficiencias hallados
- Inclusión de recomendaciones en el informe de inspección
- Recomendaciones técnicas para mejorar la eficiencia energética y la sostenibilidad del edificio
- Exención de la responsabilidad del técnico en lo referente al tiempo que transcurra entre la detección de los daños y su consecuente reparación
Si bien la IEE es sustituye a la ITE, es obligatoria únicamente en los siguientes supuestos:
- Para edificios residenciales de vivienda colectiva de más de cincuenta años de antigüedad (no incluye a las viviendas unifamiliares, por lo tanto, en estos casos, la IEE solo será obligatoria si los propietarios del inmueble requirieran ayudas o subvenciones).
- Ante la solicitud de ayudas públicas para realizar obras de conservación, de eficiencia energética o de accesibilidad universal
- Si la normativa municipal así lo establece de acuerdo a la antigüedad, ubicación, tipología, uso o protección del edificio.
¿Cuál es el fin último que persigue la ITE y la IEE?
Es innegable que pasar por una inspección de ITE o de IEE no es agradable ni práctico para nadie. No obstante, tal vez nos ayude a tolerar las molestias ocasionadas el hecho de comprender la verdadera finalidad de estas inspecciones, la cual es proteger tanto a los habitantes del edificio como a las personas que se encuentren en su radio y a los transeúntes.
Muchas desgracias podrían haber sido evitadas si estas inspecciones se hubieran implementado antes.
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