El nuevo precio del alquiler de los pisos de Valencia tras la última medida del Gobierno

El nuevo precio del alquiler de los pisos de Valencia tras la última medida del Gobierno

El Boletín Oficial del Estado publicará próximamente un nuevo mecanismo que puede provocar una revolución en la búsqueda de viviendas

La vivienda es hoy en día uno de los asuntos que mayor controversia política genera. Los intentos por domar la situación se suceden sin que las administraciones hayan conseguido su objetivo: el propietario sigue decidiendo cuándo y a cuánto alquilar su vivienda. La última medida que próximamente entrará en vigor será la de fijar un Índice de referencia mediante el cuál sea el Gobierno el que determine la cantidad, entre una mínima y una máxima, a la que alquilar una vivienda. Esta medida no es una ocurrencia actual, sino que procede de la nueva Ley de Vivienda, norma que entró en vigor el pasado 26 de mayo de 2023, antes de las elecciones generales de julio. Ahora faltará por ver cómo afecta al nuevo precio del alquiler de los pisos de Valencia, ya que cualquier propietario puede consultar esos límites indicados por el Gobierno y descargarse el informe para saber qué valor debería tener su vivienda en alquiler. Por ahora la norma sólo se aplicará a las zonas consideradas tensionadas, una declaración que aún no tiene ningún punto de la Comunidad Valenciana. 

En NUWE te explicamos todos los detalles de la última medida anunciada por el Gobierno para intentar controlar y dominar el precio del alquiler de viviendas.

  1. Cuándo entra en vigor el nuevo precio del alquiler
  2. Quién es gran tenedor de pisos 
  3. Qué es una zona tensionada
  4. Cuáles son las zonas tensionadas en Valencia, Alicante y Castellón
  5. Cómo descargar el Certificado informativo de referencia de precios de alquiler

Cuándo entra en vigor el nuevo precio del alquiler

Si se cumplen los plazos establecidos por el propio Gobierno, será a parte del 13 de marzo cuando se vaya a tener en cuenta este nuevo límite al precio del alquiler para zonas consideradas tensionadas. Será ahí cuando el Boletín Oficial del Estado dé razón del nuevo texto normativo que intentará, una vez vez, el control por parte de la administración del precio que cada propietario ponga para alquilar una vivienda. El foco ahora se centra en dos cuestiones: grandes tenedores y zonas tensionadas. Lo cierto es que, en el caso de la delimitación de las áreas con falta de oferta y exceso de demanda para el alquiler de pisos, la medida es exclusivamente de carácter autonómico. Por ahora las zonas tensionadas sólo están indicadas en la comunidad autónoma de Cataluña, región, que por su parte, se ha opuesto a que el Gobierno central sea el que determine los límites al precio del alquiler

Quién es gran tenedor de pisos: ¿el enemigo público?

Es una de las claves de esta nueva Ley de Vivienda, norma que en su primer año de vigor no ha servido para revertir de forma sustancial la dinámica en lo que respecta al alquiler de viviendas, tanto habituales como vacacional. El precio no ha dejado de subir durante los últimos meses y la tendencia en el sector es que sigan al alza, obviando cualquier control político. La norma que entró en vigor en mayo de 2023 pone en el punto de mira sobre un tipo de propietario. Así surge la denominación de ‘gran tenedor’, un intento de estereoripar a los propietarios con diversas viviendas. Como si del gran enemigo se tratara, el Gobierno sitúa que será denominado como ‘gran tenedor’ toda aquella persona que aparezca como titular de más de 10 inmuebles urbanos, propiedades entre las que no se contarán garajes y trasteros, o que disponga de una superficie de construcción de más de 1.500 metros cuadrados para uso residencial. La denominación no se queda ahí, sino que amplía  el supuesto a toda aquella persona que tenga 5 propiedades dentro de la misma ‘zona tensionada’.

Qué es una zona tensionada

La citada norma del Ejecutivo lleva intentando más de medio año poner coto a un sistema completamente libre en el que se ajusta la oferta y la demanda y en el que la situación del mercado no entiende de normas ni de controles públicos. Así de contundente se está mostrando el sector desde mayo. La influencia, por ahora, de la ley está sirviendo para que el mercado haya generado un sistema propio que va sorteando cualquier intento de injerencia pública. El resultado es un alza casi descontrolado de los precios del alquiler. Es en este contexto en el que hay que entender que el Gobierno insista en  una de las medidas más destacadas de la nueva Ley de Vivienda: las ‘zonas tensionadas’. Este es el término elegido para indicar a aquellas áreas en las que se considera que hay falta de oferta y exceso de demanda de pisos en alquiler. Es decir, ubicaciones en las que el interés por alquiler una vivienda supera el número de casas disponibles en arrendamiento. 

Cuáles son las zonas tensiondas para alquilar pisos en Valencia, Alicante y Castellón

Ante la denominación en la Ley surge la preocupación por saber quién y cómo se decreta que una área pasa a ser declarada ‘zona tensionada’. ¿Quién determina las ‘zonas tensiondas’ en cada localidad: Gobierno, comunidad autónoma o ayuntamiento? El Ejecutivo es el que ha publicado la norma y el que abre la posibilidad de que se señalen estas ubicaciones, pero la decisión final depende de las administraciones más próximas al ciudadano. Actualmente sólo la comunidad autónoma de Cataluña ha decretado un total de 140 áreas como ‘zona tensionada’ para el alquiler de viviendas. Ningún otro gobierno regional se ha sumado al plan del Ejecutivo central. Así que en Valencia, Alicante y Castellón no existen, a día de hoy, ninguna ubicación catalogada de forma especial ante la complejidad para encontrar una vivienda en alquiler.

Cómo descargar el Certificado informativo de referencia de precios de alquiler

Previsiblemente entre el 12 y el 13 de marzo se publicará en el Boletín Oficial del Estado un nuevo aspecto de la Ley de Vivienda: el índice de referencia. Como ya hemos comentado, al norma no ha servido para sostener los precios del alquiler de viviendas. Todo lo contrario. Cada vez presentan cantidades superiores, acorde a los incrementos del IPC, así como de otros gastos del día a día de la población española. La web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana dispone ya de una herramienta de consulta que puede ser útil para un propietario habitual y que puede convertirse en un dolor de cabeza para los señalados ‘grandes tenedores’. Ahí está la clave de esta herramienta. 

Aparentemente el buscador parece una página de consulta en la que disponer en un precio mínimo y otro máximo al que se ‘debería’ alquilar la vivienda en cuestión atendiendo a diversas características propias del inmueble. La web tiene presentes datos oficiales, por lo que la búsqueda se puede hacer hasta por referencia catastral o incluso poder utilizar la dirección de cualquier vivienda. En dicha web se da la posibilidad de añadir o quitar aspectos propios del inmueble en cuestión para si dispone de aparcamiento, si está amueblado o si la finca dispone de diversas zonas comunes. En la parte inferior de la página aparece una ventana en la que por cada dato que se aporta las cifras de mínimo y máximo van variando. El cómo descargar el certificado informativo de referencia de precios de alquiler es bastante sencillo: se muestra de forma destacada en la misma página web.

La clave de este documento es que esas cantidades puede suponer un órdago para los ‘grandes tenedores’, ya que la cuestión del nuevo cambio en la Ley de Vivienda es que sobre esa horquilla sea la que, en determinadas ocasiones, oscile el precio del alquiler de una vivienda. Es decir, que el Gobierno impondrá el alquiler mínimo y el máximo para una vivienda. Esto no será de forma generalizada desde la segunda quincena del mes de marzo, ya que el Ejecutivo señala que sólo se ligarán a dichos límites de referencia aquellos nuevos contratos de grandes tenedores y pisos que no hayan estado de alquiler antes en zonas tensionadas durante los últimos cinco años. Es decir, que el nuevo contrato de alquiler realizado por un ‘gran tenedor’ deberá tener un precio que se establezca entre el menor de referencia del acuerdo anterior y el valor superior del nuevo índice de precios.